En defensa de la Acción Católica, IV Parte, Cap. 1 – Cómo presentar la doctrina católica * La Cruz de Cristo no ahuyenta a los neófitos de la A.C.

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Otra gran preocupación es ocultar todo lo que pueda dar a los no católicos o a los indiferentes la idea de que la Iglesia es una escuela de sufrimiento y sacrificio. Las verdades austeras están estrictamente prohibidas. No se habla de mortificación, penitencia o expiación. Solo se habla de las delicias de la vida espiritual. Por eso, consideran poco hábil, por no decir del todo inhábil, tratar de ganarse la simpatía de los incrédulos hablándoles, por ejemplo, de la Pasión de Nuestro Señor Jesucristo. Lo que quieren es hablar única y exclusivamente de Cristo Rey, del Cristo Glorioso y Triunfante. Las humillaciones del Huerto y del Gólgota ahuyentarían a las almas. Solo las delicias del Tabor podrían atraerlas de verdad. Un sacerdote nos contó una vez que en la sacristía de una antigua cofradía todavía semimasónica encontró el siguiente cartel: “Prohibido hablar del Infierno”. La misma prohibición se aplica en estos círculos ([1]). También por eso tienden a considerar la Semana Santa mucho más como una celebración festiva que prefigura los triunfos de la Pascua, que como un conjunto de ceremonias destinadas a compungir los fieles en la compasión con el Redentor, y en la lamentación de sus propios pecados.

[1] Es muy importante señalar que el Santo Concilio de Trento enseña (c. 818) que:

Si alguien dice que el temor a la gehena, por el que lloramos nuestros pecados y nos refugiamos en la misericordia de Dios y al mismo tiempo nos abstenemos de pecar, constituye un pecado o hace peores a los pecadores: anathema sit”.

Este texto no tiene una aplicación inmediata en nuestro caso, pero la forma en que el mismo Concilio define la verdad opuesta a tal error constituye una refutación indirecta de la afirmación de que no se debe predicar sobre el infierno y los castigos que esperan al pecador después de la muerte. Dice el Concilio: “…pecatores… a divinae justitiae timore… utiliter concutiuntur” (C. 798). Por tanto, nadie puede negar que sea “útil mover a los pecadores por el temor de la justicia divina”.

Dicho esto, ¿cómo puede prohibirse o desaconsejarse que tal se haga en los círculos católicos, a condición, claro está, de no pasar de un extremo al otro, es decir, de una contemplación exclusiva de la bondad de Dios a una comprensión exclusiva de su severidad?

No discutimos, por supuesto, que la meditación sobre las penas eternas sea desigualmente útil, de modo que mientras para unos es muy útil, para otros lo es menos. En general, sin embargo, y con la excepción de ciertos estados espirituales especiales o casos patológicos, este tema siempre es útil y siempre debe ser tratado de modo claro y fuerte.

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