En defensa de la Acción Católica, APÉNDICE 1 – Acción Católica: Origen y desarrollo de una definición

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La definición clásica de la A.C. y su desarrollo natural y maravilloso inspiraron a S.E. el Cardenal Adeodato Giovanni Piazza, O.C.D., de la Comisión Cardenalicia para la A.C. italiana, a escribir un artículo esclarecedor y sustancioso que nunca será demasiado recordarlo).

 

I – DEFINICIÓN DE PÍO XI

El providencial movimiento de la Acción Católica, que ha ido tomando aspectos y formas cada vez más adaptados a las necesidades de los tiempos, debe sin duda su condición actual, tanto teórica como práctica, al genio pastoral del añorado Sumo Pontífice Pío XI. Aunque no tuvo el mérito de haber fundado el nombre ni de haber iniciado el actual movimiento de seglares organizados, que surgió, como es bien sabido, durante el Pontificado de Pío IX y continuó desarrollándose durante el gobierno de sus sucesores León XIII, Pío X y Benedicto XV, todavía nadie puede negar a Pío XI el insigne mérito de haber dado a la Acción Católica una definición clara y precisa, sobre la que fue posible construir un sólido edificio capaz de desafiar a los siglos.

Elegido para gobernar la Iglesia después de importantes experiencias —que revelaron en el movimiento laical de Acción Católica, además de considerables prerrogativas y benemerencias, también carencias, como sucede en todas las cosas humanas—, Pío XI comprendió, en su sagaz y profunda intuición, que para salvar este movimiento de las desviaciones y asegurar su vitalidad, era necesario encuadrarlo en la vida orgánica de la Iglesia. En su primera encíclica “Ubi Arcano ([1]), que contiene el germen de todo su prodigioso pontificado y que fue publicada tras largas meditaciones, encontramos las líneas básicas de la definición que formuló poco después en memorables discursos: la colaboración de los laicos en el apostolado jerárquico. Esta definición, como el mismo Papa dio a entender, tiene su origen en el texto paulino, que se hizo famoso precisamente por su brillante interpretación: adjuva illas quae mecum laboraverunt in Evangelio” (Flp IV,3). Y, en efecto, así como la evangelización in evangelio” constituye la sustancia del apostolado, que Cristo confió a los Apóstoles y a sus sucesores, es decir, a la Jerarquía divinamente constituida en la Iglesia, así también la colaboración prestada a esta obra por los seglares quae mecum laboraverunt” constituye la sustancia de la Acción Católica. Es imposible no ver la profundidad dogmática y la exactitud de esta definición.

II – COLABORACIÓN O PARTICIPACIÓN

Con una variante que, si se entiende bien, no cambia en nada el concepto, a Pío XI le gustaba a menudo sustituir la palabra “colaboración” por la palabra “participación”, para subrayar más la unión que la Acción Católica debe tener con la vida y la actividad de la Iglesia. Podemos creer que esta variante le fue sugerida por el maravilloso pasaje de San Pedro, citado y aplicado por el Papa en su primera encíclica: “Decid a vuestros fieles seglares que, unidos a sus obispos, participen en las obras del apostolado y en las de la redención individual y social; entonces son más que nunca ‘el linaje escogido, una clase de sacerdotes reyes, gente santa, pueblo de conquista’, que San Pedro exalta” (1 Pe II, 9). En esta estupenda aplicación, está claro que no se trata de una participación formal en el sacerdocio y en el apostolado, sino de una participación en la actividad sacerdotal y apostólica, la única posible para los simples cristianos; pero también esta participación, por ser sobrenatural en su sustancia y sublime en sus fines, eleva enormemente al seglar, haciéndole partícipe de la aureola y de los frutos del apostolado.

III – EN LA PRIMERA ENCÍCLICA DE PÍO XII:

Nos es grato poder situar la primera encíclica de Pío XI junto a la recientísima primera encíclica del Pontífice reinante, Pío XII, “Summi Pontificatus” ([2]), que dedica a la Acción Católica una página muy alentadora y llena de paternal complacencia. En ella utiliza la ya clásica definición de los laicos formados en la Acción Católica por la profunda conciencia de su noble misión. El Pontífice expone en una espléndida definición descriptiva qué son concretamente estos laicos, y cuál es su misión: “Grupos fervorosos de hombres y mujeres, de jóvenes de ambos sexos, obedientes a la voz del Sumo Pontífice y a las normas de sus respectivos obispos, se consagran con todo el ardor de su espíritu a las obras del apostolado, para devolver a Cristo las masas populares, que, por desgracia, se habían alejado de Él”.

El Santo Padre Pío XII prefiere evidentemente la palabra colaboración, más fácil de entender y menos expuesta a amplificaciones erróneas; pero también admite y confirma la profunda interpretación de su predecesor cuando escribe: “Este trabajo apostólico, realizado según el espíritu y las normas de la Iglesia, consagra al seglar como ministro de Cristo, en el sentido que San Agustín explica”. Y el Pontífice se refiere precisamente al texto agustiniano, que parece una feliz anticipación y presagio de una actividad que hoy tiene nombre, doctrina y realidad consoladoras.

Pío XI declaró que no sin especial inspiración de Dios había definido la Acción Católica como participación o colaboración de los seglares en el apostolado jerárquico de la Iglesia. Este testimonio es tan autorizado y solemne que no puede caber ninguna duda al respecto. Además, sabemos que el Papa goza, incluso fuera del ámbito de su infalibilidad, de una especial asistencia de Dios en el gobierno de la Iglesia, al que la Acción Católica está tan estrechamente vinculada. Además, los hechos han confirmado plenamente la realidad de esta especial inspiración de Dios.

IV – FRUTOS PRECIOSOS DE LA DEFINICIÓN

De hecho, de la sólida y profunda base de la definición pontificia surgió una copiosa y bien escogida literatura dogmática, de la que el mismo Pontífice proporcionó los elementos básicos más perspicaces y brillantes. En la Sagrada Escritura se descubrieron hermosos textos capaces de iluminar los diversos aspectos del movimiento del apostolado de los seglares; su necesidad y su obligación; su admirable excelencia, sus orígenes trazados en el Evangelio, en las Epístolas de los Apóstoles y en la Tradición cristiana; sus objetivos y sus características; en fin, una floración de pasajes escriturísticos que encuentran su legítima aplicación en la Acción Católica y, a veces, tan naturales que parecen haber sido escritos precisamente para ella. La Teología, por su parte, estudiando y confrontando este movimiento con los diversos dogmas, ha sacado a la luz y puesto de relieve estupendas e insospechadas armonías.

El concepto de apostolado jerárquico allanó el camino para el estudio comparativo de la Acción Católica en su relación con la constitución divina y la vida orgánica de la Iglesia: mientras que el concepto de colaboración sirvió de guía para recordar la gran ley de la solidaridad cristiana, que implica comunión de intereses y reciprocidad de acción, para el bien de todos y de cada uno en particular.

De ahí pasamos a la doctrina del Cuerpo Místico, enseñada por San Pablo, y a las verdades conexas de la común incorporación en Cristo, de la vida sobrenatural en Cristo, de la consiguiente obligación de cooperar para el advenimiento del Reino de Cristo. En los dos sacramentos, del Bautismo, que realiza la incorporación, y de la Confirmación, que impone expresamente la colaboración, junto con el título que proporciona las energías indispensables, se vieron no solo las fuentes de ese sacerdocio regio, a cuya participación están llamados todos los seglares, sino también las características de su apostolado.

V – JERARQUÍA Y LAICADO

Así pues, forzosamente hubo que profundizar en el estudio de las relaciones entre la Jerarquía y el laicado, y encontrar los medios de colaboración que correspondieran a las necesidades de los tiempos. Así pues, la Acción Católica se construyó sólidamente sobre la doctrina.

La Acción Católica es, por naturaleza y definición, una actividad de seglares organizada para el servicio de la Iglesia; por tanto, no es autónoma ni independiente. La colaboración exige necesariamente unidad de propósitos y armonía de prácticas entre los colaboradores; en nuestro caso, exige también subordinación a la jerarquía eclesiástica. Los seglares no pueden, ni más ni menos, entrar en el campo apostólico, bien por su dignidad sacerdotal (que no poseen), bien por la naturaleza del apostolado, que por misión divina está reservado al sacerdocio jerárquico.

Corresponde, pues, a la Jerarquía determinar los objetivos concretos y las condiciones de esta colaboración, según las necesidades y posibilidades generales o especiales de los diversos lugares. La tarea específica de la Acción Católica es estudiar las diversas iniciativas de trabajo en el ámbito laical y ponerlas en práctica, siempre que cuenten con el sello de aprobación de la autoridad eclesiástica competente. Solo así la colaboración puede ser fructífera y tener garantías de éxito.

Partiendo de este principio y con este espíritu, las masas de fieles fueron invitadas al trabajo apostólico; y hay que decir que comprendieron el honor que les ofrecía la llamada a tan sublimes empresas, y respondieron con generosidad y prontitud verdaderamente admirables.

Este éxito fue, sin duda, el mejor encomiástico de la definición de Pío XI, que, al introducir la Acción Católica en la actividad de la Iglesia, ennobleció el trabajo de los laicos, elevándolos a una actividad casi sacerdotal. De esto se dieron cuenta precisamente los fieles, iluminados por los Asistentes eclesiásticos, que la Jerarquía nombró y encomendó, cual enviados del Señor, para representarla en las diversas Asociaciones. Y los excelentes seglares de la Acción Católica no solo no vieron obstaculizada su propia actividad por la asistencia de los sacerdotes, sino que sacaron de ella un inmenso estímulo y provecho, tanto para su formación espiritual como para la seguridad de su labor apostólica. No en vano, Pío XI, con su estilo nuevo y conciso, aplicó a la Acción Católica, a propósito de los asistentes eclesiásticos, la significativa frase: “in manibus tuis sortes meae”.

VI – MAYOR UNIÓN ENTRE SACERDOCIO Y LAICADO

Me complace también constatar que uno de los frutos más preciosos de esta condición programática, la asistencia espiritual del Clero, fue precisamente el estrechamiento de la unión de los seglares católicos al sacerdocio y, sobre todo, a los Pastores de la Iglesia, alimentando en sus corazones una dedicación conmovedora y una adhesión cada vez más viva al Sumo Pontífice, Vicario de Cristo y cabeza visible de la Iglesia Universal, a los Obispos, puestos por el Espíritu Santo para gobernar las Iglesias particulares, y a los párrocos, puestos por los Obispos a la cabeza de una parte de su grey, a aquellos, en suma, que constituyen, en el sentido más amplio, la Jerarquía Eclesiástica, desde el vértice hasta la base.

Naturalmente, somos los primeros en alegrarnos de estos éxitos. De hecho, no hay Obispo que no haya tocado con sus manos la obra edificante y verdaderamente providencial de la Acción Católica, tanto en el comportamiento de sus miembros —todos ellos llevados a un profundo conocimiento y a una ferviente práctica de la vida cristiana— como en los frutos edificantes de su actividad apostólica, dirigida a erradicar el mal y a promover el bien espiritual de las familias y de la sociedad. Y, en efecto, en algunas parroquias donde la Acción Católica ha prestado su apoyo al ministerio de los sacerdotes, ayudándoles a escardar, sembrar y recoger, se han producido verdaderas transformaciones. Los testimonios unánimes de obispos, párrocos y, sobre todo, de los augustos pontífices, constituyen, sin duda, una magnífica apología de la Acción Católica.

Nadie ignora lo que pensaba de la Acción Católica el inolvidable Pío XI, que se refería a ella en cada discurso, en cada documento, incluso solemne, con reflexiones siempre nuevas sobre el pensamiento central de su definición, con sugerencias de la más palpable actualidad, con llamamientos y exhortaciones cálidos y conmovedores.

VII – EN LA ACTUALIDAD

La reciente encíclica “Summi Pontificatus” dio a conocer al mundo, de la manera más elocuente, lo que el actual Pontífice Pío XII piensa de la Acción Católica. En esta encíclica, el Papa afirma que, en medio de las amarguras y preocupaciones de la hora presente, encuentra en la Acción Católica, que ya ha penetrado en el mundo entero, consuelo íntimo y gozo celestial, por los que dirige diariamente a Dios su humilde y profundo agradecimiento; afirma también que de la Acción Católica emanan fuentes de gracia y reservas de fuerza, que, en estos tiempos, sería difícil apreciar suficientemente; Dice también que la oración de la Iglesia al Dueño de la mies para que envíe obreros a su viña ha sido escuchada de un modo que corresponde a las necesidades de la hora presente, supliendo y completando felizmente las energías, a menudo impedidas o insuficientes, del apostolado sacerdotal; finalmente, concluye con estas maravillosas palabras:

En todas las clases y categorías sociales, esta colaboración de los seglares con el sacerdocio encierra valiosas energías, a las que está confiada una misión, que los corazones nobles y fieles no pueden desear más alta y consoladora” ([3]).

Pío XII se hizo realmente eco de la voz, de las palpitaciones paternales y de los elevados pensamientos del difunto Gran Pontífice de la Acción Católica.

VIII – LA COMISIÓN CARDENALICIA EN ITALIA

A la luz de las augustas expresiones de la encíclica “Summi Pontificatus”, que para algunos pueden haber sido una revelación, podemos ahora apreciar mejor los pasos dados por Pío XII poco después de su elección, inspirados, por supuesto, en su estima y afecto por la Acción Católica. Me refiero a la institución y nombramiento de la Comisión cardenalicia para la alta dirección de la Acción Católica italiana.

En vista de la acumulación y amplitud de la obra que pesaba sobre su supremo y universal ministerio, y especialmente dado el gran desarrollo de la Acción Católica en Italia, en lugar de reservarse personalmente el alto cargo, como había hecho su venerando predecesor por razones obvias, Pío XII decidió confiar este honroso oficio a la mencionada Comisión, siguiendo así una norma tradicional en el gobierno de la Iglesia y aplicando a Italia lo que ya se practicaba en otros países. Esta es una prueba inequívoca de su alto y paternal interés, e incluso parece indicar una cierta orientación, que debería llevar a sus últimos desenvolvimientos la definición de que acabamos de hablar. Para formar la Comisión Cardenalicia, convocó a los Obispos residenciales, es decir, a los que actualmente ejercen el apostolado jerárquico, lo que parece indicar que debe acentuarse aún más la necesidad de que la Acción Católica dependa de la Sagrada Jerarquía.

IX – ASISTENTES ECLESIÁSTICOS

De hecho, no faltan precedentes. Así, es cierto que, por la fuerza natural de las cosas, la actividad de los Asistentes Eclesiásticos en el seno de las Asociaciones ha ido adquiriendo progresivamente mayor importancia. Se dice que, en no pocas diócesis, se considera oportuno dar la presidencia de la Junta Diocesana a un sacerdote, como intérprete y más seguro ejecutor de las normas episcopales. Tampoco se ha olvidado el triste episodio de 1931, que dio lugar a los entendimientos mutuos entre la Santa Sede y el Gobierno italiano, que bien podrían llamarse complementarios del Concordato en lo que se refiere a la Acción Católica. En estos convenios se lee la premisa que todo el mundo conoce:

“La Acción Católica italiana es esencialmente diocesana y depende directamente de los Obispos, que eligen a sus responsables eclesiásticos y laicos. Por supuesto, directamente, pero no exclusivamente de los Obispos, que en su propio ministerio ordinario están subordinados a la suprema autoridad del Vicario de Cristo”.

En esa misma ocasión se recordó el famoso adagio de San Ignacio de Antioquia: “Nihil sine episcopo”, al que podría añadirse, con las proporciones y limitaciones oportunas, este otro: “Nihil sine parocho”. El primer acto de Pío XII orientó decisivamente la Acción Católica en esta dirección.

Para que la Comisión Cardenalicia pudiera cumplir el mandato que había recibido del Sumo Pontífice, necesitaba un organismo central que recibiera y transmitiera sus directrices; con este fin, nació la Oficina Central de Acción Católica, presidida, naturalmente, por el Secretario de la Comisión. De este modo, bajo la alta dirección de la Comisión, se estableció una organización central, a la que debían corresponder las administraciones diocesanas y parroquiales, respectivamente, en las diócesis y en las parroquias. Por tanto, se establecieron cargos diocesanos y cargos parroquiales, encuadrados en grados jerárquicos, es decir, en el obispo, divinamente investido de autoridad ordinaria, y en el párroco, “cui paroecia collata est in titulum cum cura animarum sub Ordinarii loci auctoritate exercenda” (can. 451, párrafo 1 — Código de 1917) ([4]). El apostolado de los laicos no podría estar más firmemente arraigado en la vida y la organización de la Iglesia.

X – CONTINUIDAD SUSTANCIAL DE LA ACCIÓN CATÓLICA

A pesar de todo ello, no se ha producido ningún cambio sustancial en los fines y estructura de la Acción Católica, cuya organización interna y Estatutos permanecen intactos, salvo algunas pequeñas modificaciones que la Comisión pueda introducir. Por tanto, seguirá funcionando como hasta ahora, en sus diversas modalidades, naturalmente bajo la dirección de la autoridad eclesiástica competente y correspondiente. Únicamente las Juntas, que solo tenían funciones de vigilancia y coordinación, han sido absorbidas por las Oficinas, cuyo cometido es más amplio y cuyas decisiones son más eficaces, ya que proceden de la autoridad jurisdiccional.

Es obvio que así como las Asociaciones deben mantenerse en el ámbito de la acción propiamente dicha, es decir, de la ejecución de los planes de trabajo aprobados por las Oficinas, estas no pueden ni deben abandonar sus funciones directivas, poniéndose en el lugar de las presidencias o consejos de las diversas Asociaciones, con las que, sin embargo, están vinculadas a través de la Consulta, órgano complementario que presta a las Oficinas grandes servicios, comunicándoles los frutos de los estudios y experiencias realizados en el campo del apostolado.

Los comunicados de la Comisión Cardenalicia y de la Secretaría General ya han determinado las competencias y relaciones de los nuevos órganos de gobierno, que se detallarán en los Estatutos. Por el momento, basta con haber indicado el espíritu rector de estas innovaciones, destinadas a promover una mayor unión entre las organizaciones y la Jerarquía, lo que redundará en gran beneficio de la Acción Católica, y haber subrayado la subordinación cultural jerárquica de las diversas Oficinas, que deben conocer y comprender los límites de sus atribuciones.

Si los Obispos están obligados a observar y hacer observar en sus propias diócesis los estatutos y las normas generales de la Comisión Cardenalicia, que actúa en nombre y casi por cuenta del Santo Padre, el párroco está aún más obligado a hacerlo en relación con su Obispo, de quien recibe el mandato para el momento de poder actuar, en el caso, a su antojo. Por lo tanto, la existencia de una Oficina superior que aplique rápidamente cualquier remedio en caso de necesidad no es sin razón.

Si bien reservamos para otro artículo algunas consideraciones sobre las ventajas buscadas y previstas en las nuevas disposiciones, no queremos concluir sin antes elevar nuestro pensamiento a Dios, para agradecerle de todo corazón por haber inspirado a Pío XI una definición, de la que tanto ha recibido la Iglesia en el curso de su glorioso Pontificado, así como por haber inspirado a Pío XII la idea de consolidar esa misma definición del modo más autorizado y elocuente, orientando la Acción Católica italiana hacia nuevas metas y realizaciones, con los auspicios de este nuevo Pontificado, lleno de agradecidas y seguras promesas.

Adeodato G. Card. Plaza

Patriarca de Venecia

Miembro de la Comisión Cardenalicia

para la A.C.I.

[1] Pío XI: Encíclica “Ubi Arcano” de 23 de diciembre de 1922

https://www.vatican.va/content/pius-xi/fr/encyclicals/documents/hf_p-xi_enc_19221223_ubi-arcano-dei-consilio.html

[2] Pío XII: Encíclica “Summi Pontificatus”, de 20 de octubre de 1939.

https://www.vatican.va/content/pius-xii/es/encyclicals/documents/hf_p-xii_enc_20101939_summi-pontificatus.html

[3] Pío XII: Encíclica “Summi Pontificatus”, de 20 de octubre de 1939.

https://www.vatican.va/content/pius-xii/es/encyclicals/documents/hf_p-xii_enc_20101939_summi-pontificatus.html

[4] Codex iuris canonici Pii X pontificis maximi iussu digestus, Benedicti papae XV auctoritate promulgatus : Église catholique : Free Download, Borrow, and Streaming : Internet Archive

https://archive.org/details/CodexIurisCanoniciPiiX/page/125/mode/2up?view=theater

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