Covadonga Informa, Año XVIII – Núm. 195, Junio de 1995, Págs. 1-3

 

¡No a la matanza de los inocentes!

 

En 1983 mostrábamos que la victoria del PSOE constituía para la España católica una verdadera catástrofe. Sin embargo, ¡oh paradoja!, esa victoria fue posible, en amplia medida, gracias al voto de muchos católicos. Desde entonces no hemos cesado de denunciar —especialmente con el libro "España anestesiada sin percibirlo, amordazada sin quererlo, extraviada sin saberlo. La obra del PSOE"— los pasos que nos habían de conducir a la degradante situación actual.

Transcurrida más de una década de gobierno socialista, el Ejecutivo lanza ahora una nueva ofensiva, presentando un proyecto de ley de ampliación del aborto, que prácticamente lo transforma en aborto libre. ¿Reaccionarán a tiempo, de una vez, los católicos ante esta programada matanza de vidas inocentes?

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TFP-Covadonga de nuevo en las calles, en defensa de la vida

"El aborto y la eutanasia son crímenes

que ninguna ley humana puede pretender legitimar.

Leyes de este tipo no sólo no crean

ninguna obligación de conciencia,

sino que, por el contrario,

establecen una grave y precisa obligación

de oponerse a ellas

mediante la objeción de conciencia"

 

ANTE la presión que el Gobierno socialista está haciendo para aprobar, cueste lo que cueste, el proyecto de ampliación del aborto, TFP-Covadonga está realizando campañas públicas en las principales capitales españolas — y muy especialmente en Barcelona —, solicitando
al presidente de la Generalidad, Jordi Pujol, que retire su apoyo al Ejecutivo y apelando una vez más a la conciencia de los españoles para que no se dejen arrastrar por la indiferencia ante tan horrible crimen.

Para ello, los cooperadores de la TFP están recorriendo las más transitadas avenidas de las capitales españolas, portando grandes pancartas, que reproducen algunas de las más significativas frases de la encíclica de S.S. Juan Pablo II, "Evangelium vitae", y acompañados de una banda de música que atrae vivamente la atención, dando un vistoso aire a la campaña. Al mismo tiempo, distribuyen un documento que sintetiza los principales puntos de la citada y oportunísima encíclica. Puntos que reproducimos al lado, bajo el título "El Vicario de Jesucristo condena severamente el aborto".

En las últimas semanas la TFP ha estado presente en las calles de Madrid, Barcelona, Valencia y Zaragoza, alcanzando una honda repercusión e impacto en la opinión pública. Los cooperadores de la TFP que formaban la banda de música lucían el traje de gala de la entidad y en numerosas ocasiones el público asistente se arrancaba en aplausos al paso alegre de la fanfarria. A pesar del aparato desplegado, en todo momento se respetó el orden público, sin alterar lo más mínimo el tráfico de vehículos y personas, recibiendo repetidas veces las felicitaciones de los agentes municipales, sorprendidos por la perfecta corrección en el desarrollo de la campaña.

 

El Vicario de Jesucristo condena severamente el aborto

 

n "Dios es el único señor de esta vida: el hombre no puede disponer de ella" (& 39).

n "Dios se proclama Señor absoluto de la vida del hombre, creado a su imagen y semejanza. Por tanto, la vida humana tiene un carácter sagrado e inviolable, en el que se refleja la inviolabilidad misma del Creador" (& 53).

Eliminar la vida es siempre inmoral

n "Con la autoridad conferida por Cristo a Pedro y a sus Sucesores, en comunión con los Obispos de la Iglesia católica, confirmo que la eliminación directa y voluntaria de un ser humano inocente es siempre gravemente inmoral" (& 57).

n "Nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante" (& 57).

Aborto: siempre grave e ignominioso

n "Entre todos los delitos que el hombre puede cometer contra la vida, el aborto procurado presenta características que lo hacen particularmente grave e ignominioso" (&58).

Quien procura el aborto, incurre en excomunión latae sententiae

n "La disciplina canónica de la Iglesia, desde los primeros siglos, ha castigado con sanciones penales a quienes se manchaban con la culpa del aborto, y esta praxis, con penas más o menos graves, ha sido ratificada en los diversos periodos históricos. El Código de Derecho Canónico de 1917 establecía para el aborto la pena de excomunión (2). También la nueva legislación canónica se sitúa en esta dirección cuando sanciona que `quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae' (3) es decir, automática. La excomunión afecta a todos los que cometen este delito conociendo la pena, incluidos también aquellos cómplices sin cuya cooperación el delito no se hubiera producido" (4) (& 62).

Sin ninguna validez jurídica

n "Las leyes que autorizan y favorecen el aborto y la eutanasia se oponen radicalmente no sólo al bien del individuo, sino también al bien común y, por consiguiente, están privadas totalmente de auténtica validez jurídica" (& 72).

n "Cuando una ley civil legitima el aborto o la eutanasia deja de ser, por ello mismo, una verdadera ley civil moralmente vinculante" (& 72).

Aborto y eutanasia: crímenes que ninguna ley puede pretender legitimar.

n "El aborto y la eutanasia son crímenes que ninguna ley humana puede pretender legitimar. Leyes de este tipo no sólo no crean ninguna obligación de conciencia, sino que, por el contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas mediante la objeción de conciencia" (& 73).

n "En el caso pues de una ley intrínsecamente injusta como es la que admite el aborto o la eutanasia, nunca es lícito someterse a ella, ni participar en una campaña de opinión a favor de una ley semejante, ni darles el sufragio del propio voto" (& 73).

n "Los cristianos, como todos los hombres de buena voluntad, están llamados, por un grave deber de conciencia, a no prestar su colaboración formal a aquellas prácticas que, aun permitidas por la legislación civil, se oponen a la Ley de Dios" (& 74).

n "Nunca se puede legitimar la muerte de un inocente" (Homilía durante la Misa de S.S. Juan Pablo II, para las familias cristianas en España, 1982).

(1) Cfr. Evangelium vitae, documentos mc, 1" edición, marzo 1995.

(2) Cfr. Can. 2350, & 1.

(3) Código de Derecho Canónico, can. 1398; cfr. Código de los Cánones de las Iglesias Orientales, can. 1450 & 2.

(4) Cfr. Ibid, cano. 1329; Código de los Cánones de las Iglesias Orientales, can. 1417.